COMO EN EL POST ANTERIOR, EL FORO BARRIAL DE JÓVENES, QUIERE PROMOVER E IMPULSAR DESDE NUESTRO LUGAR JUVENIL Y PARTICIPATIVO, EL TRATAMIENTO Y LA APROBACIÓN DE LA DENOMINADA LEY CELIACA.
ES POR ESO QUE DURANTE LOS POSTEOS VENIDEROS, SEGUIREMOS TRATANDO DE DAR MAS INFORMACION ACERCA DE COMO PODER DECIR SI A LA LEY.
ACONTINUACION EXPONDREMOS ALGUNAS INFORMACIONES CORRESPONDIENTES AL TEXTO DE LA LEY, PARA QUE PUEDA SER COMPRENDIDA CON MAYOR CLARIDAD.
1. | Declarar de Interés Nacional el estudio, las investigaciones médicas relacionadas, el tratamiento, las campañas educativas y cualquier otra forma de difusión de la enfermedad celíaca (EC). | ||||||||
2. | Crear el Instituto Nacional de la Enfermedad Celíaca (INEC). | ||||||||
3. | El Poder Ejecutivo Nacional por medio del Ministerio de Salud de la Nación, procederá a:
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4. | Incorporar la Enfermedad Celíaca a las prestaciones del Programa Médico Obligatorio (P.M.O.). Garantizar gratuitamente los análisis médicos a los potenciales enfermos celiacos carentes de cobertura médica. | ||||||||
5. | Elaborar anualmente, y actualizar trimestralmente, el Registro de Productos de Consumo Humano Aptos para Celíacos. | ||||||||
6. | Facultar a las empresas a realizar en forma periódica, en los laboratorios reconocidos, los análisis correspondientes que acrediten la ausencia de gluten. El resultado del análisis deberá ser puesto en conocimiento del Estado. | ||||||||
7. | Los productos que NO contengan gluten, llevaran obligatoriamente impresa la leyenda: "NO CONTIENE GLUTEN" acompañada del símbolo que lo indica. Los productos que contengan gluten, llevaran obligatoriamente impresa la leyenda "CONTIENE GLUTEN". | ||||||||
8. | La información no fidedigna respecto de la existencia o no de gluten, será sancionada con multas e inhabilitaciones además de ser considerada adulteración de sustancia alimenticia. El monto recaudado en concepto de multas se ingresará a la cuenta especial del INEC. | ||||||||
9. | Eximir del pago del IVA al desarrollo, producción y comercialización de productos libres de gluten para consumo de personas celíacas. | ||||||||
10. | La publicidad, a través de los medios gráficos o audiovisuales, deberá indicar claramente si los productos son aptos para celíacos. | ||||||||
11. | Disponer la concesión de una asignación familiar especial, al empleado que tenga hijos menores de 18 años de edad celíacos. | ||||||||
12. | Establecer la obligatoriedad de venta de productos libres de gluten en los grandes centros de concentración de personas como terminales de ómnibus, tranviarias, etc. | ||||||||
13. | Desarrollar programas de educación en las escuelas públicas y privadas, cuyos planes de estudio –dirigidos a padres, alumnos y docentes- incluyan a la EC | ||||||||
14. | Declarar como Día Nacional del Celiaco el día 5 de mayo. |
1 comentarios:
Queridos amigos sin TACC,
quiero contarles que el próximo lunes 5 de mayo
de 2008 volveremos a salir a la calle en reclamo de la ley celíaca. Esta vez haremos un ABRAZO AL
CONGRESO NACIONAL ARGENTINO, a las 18,30. Aquí hay más información:
http://www.ley-celiaca.com.ar/congreso.htm
Gracias por difundirlo,
nos encantaría recibir alguna adhesión
para sentirnos acompañados,
abrazos,
Shela Estevez, mamá de Alejo, de 10 años, celíaco
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