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miércoles, 26 de septiembre de 2007

SIGAMOS IMPULSANDO LA LEY CELIACA!



COMO EN EL POST ANTERIOR, EL FORO BARRIAL DE JÓVENES, QUIERE PROMOVER E IMPULSAR DESDE NUESTRO LUGAR JUVENIL Y PARTICIPATIVO, EL TRATAMIENTO Y LA APROBACIÓN DE LA DENOMINADA LEY CELIACA.
ES POR ESO QUE DURANTE LOS POSTEOS VENIDEROS, SEGUIREMOS TRATANDO DE DAR MAS INFORMACION ACERCA DE COMO PODER DECIR SI A LA LEY.
ACONTINUACION EXPONDREMOS ALGUNAS INFORMACIONES CORRESPONDIENTES AL TEXTO DE LA LEY, PARA QUE PUEDA SER COMPRENDIDA CON MAYOR CLARIDAD.

1. Declarar de Interés Nacional el estudio, las investigaciones médicas relacionadas, el tratamiento, las campañas educativas y cualquier otra forma de difusión de la enfermedad celíaca (EC).
2.
Crear el Instituto Nacional de la Enfermedad Celíaca (INEC).
3. El Poder Ejecutivo Nacional por medio del Ministerio de Salud de la Nación, procederá a:
a)- Promover la detección temprana y oportuna de la EC
b)- Garantizar que los establecimientos sanitarios practiquen las necesarias pruebas de laboratorio.
c)-
Asegurar la provisión de alimentos
adecuados para enfermos celíacos en los comedores infantiles, escuelas, establecimientos de salud, etc.

d)- Promover la formación de profesionales y técnicos del sistema sanitario en la especialidad de la EC.
4.
Incorporar la Enfermedad Celíaca a las prestaciones del Programa Médico Obligatorio (P.M.O.).
Garantizar gratuitamente los análisis médicos a los potenciales enfermos celiacos carentes de cobertura médica.
5.
Elaborar anualmente, y actualizar trimestralmente, el Registro de Productos de Consumo Humano Aptos para Celíacos.
6.
Facultar a las empresas a realizar
en forma periódica, en los laboratorios reconocidos, los análisis correspondientes que acrediten la ausencia de gluten. El resultado del análisis deberá ser puesto en conocimiento del Estado.
7.
Los productos que NO contengan gluten, llevaran
obligatoriamente impresa la leyenda: "NO CONTIENE GLUTEN" acompañada del símbolo que lo indica.
Los productos que contengan gluten, llevaran obligatoriamente impresa la leyenda "CONTIENE GLUTEN".
8.
La información no fidedigna
respecto de la existencia o no de gluten, será sancionada con multas e inhabilitaciones además de ser considerada adulteración de sustancia alimenticia. El monto recaudado en concepto de multas se ingresará a la cuenta especial del INEC.
9.
Eximir del pago del IVA
al desarrollo, producción y comercialización de productos libres de gluten para consumo de personas celíacas.
10.
La publicidad, a través de los medios gráficos o audiovisuales, deberá indicar claramente si los productos son aptos para celíacos.
11.
Disponer la concesión de una asignación familiar especial
, al empleado que tenga hijos menores de 18 años de edad celíacos.
12.
Establecer la obligatoriedad de venta de productos libres de gluten en los grandes centros de concentración de personas como terminales de ómnibus, tranviarias, etc.
13.
Desarrollar programas de educación
en las escuelas públicas y privadas, cuyos planes de estudio –dirigidos a padres, alumnos y docentes- incluyan a la EC
14.

Declarar como Día Nacional del Celiaco el día 5 de mayo.

1 comentarios:

Shela dijo...

Queridos amigos sin TACC,
quiero contarles que el próximo lunes 5 de mayo
de 2008 volveremos a salir a la calle en reclamo de la ley celíaca. Esta vez haremos un ABRAZO AL
CONGRESO NACIONAL ARGENTINO, a las 18,30. Aquí hay más información:
http://www.ley-celiaca.com.ar/congreso.htm

Gracias por difundirlo,
nos encantaría recibir alguna adhesión
para sentirnos acompañados,

abrazos,
Shela Estevez, mamá de Alejo, de 10 años, celíaco

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